domingo, 16 de octubre de 2011

Obligaciones Divisible e indivisibles

Obligaciones

Divisibles

Indivisibles

Definicion

Son las obligaciones que tienen la posibilidad del cumplimiento parcial sí que haya alteración de su valor por dicha dicha división

Son aquellas obligaciones en las que no existe posibilidad de fraccionamiento, cumpliéndose en la totalidad sin manera de descomponerse de manera unitaria.

Caracteristicas

Existe pluralidad de sujetos.

Impuesta necesariamente por la índole fraccionable de la prestación.

Puede estar en relación de un deudor único frente a un acreedor único.

Todas las obligaciones son divisibles, sin tomar en cuenta tres factores importantes que son:

La naturaleza de la prestación

El pacto expreso en contrario

La ley.

El acreedor puede demandar a todos los deudores para lograr el cumplimiento de la obligación.

Pueden proceder tanto a los caracteres objetivos u ontológicos de la prestación.

La solidaridad constituye a una causa de indivisibilidad.

La servidumbre y la hipoteca son derechos reales indivisibles.

La indivisibilidad afecta la naturaleza o esencia del objeto.

La esencia de la prestación impide su partición.

Puede ser el resultado de la naturaleza misma de la prestación

Diferencias

Posibilidad de cumplimiento parcial

Imposibilidad del cumplimiento parcial

Otros elementos

Indivisibilidad absoluta: radica en el hecho de que la naturaleza física impida su partición, o porque del todo no sea divisible por la desproporcionalidad de las partes que lo conforman.

Indivisibilidad relativa: presenta mayor cantidad de problemas ya que en la mayoría de los casos debe buscarse en la interpretación del contrato.

Indivisibilidad y solidaridad:

En ambas hay pluralidad de sujetos

Bibliografía



Brenes. A.)1990=. Tratado de las Obligaciones. San José: Juricentro



Montero, F. )1999=. Obligaciones. San José: Premiá Editores

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