domingo, 4 de diciembre de 2011

Accion pauliana

La acción pauliana da como principio de garantía del patrimonio del deudor, de igual manera que en la acción oblicua, en la doctrina se esfuerzan para poder brindar al acreedor las más eficaces facilidades para que su crédito se vea de la mejor manera, atreves de garantías de carácter legal que aseguren su derecho. Como antes hemos mencionado toda obligación proporciona al acreedor la satisfacción de su interés por medio de la ejecución de la prestación debida, en su defecto, la indemnización de los perjuicios que el incumplimiento verifique.

Podemos definir por otra parte que la acción paulina pertenece a los acreedores para pedir la revocación de los actos realizados por su deudor en fraude y daño de sus derechos. También podemos citar que dicha acción incumbe para que los acreedores puedan pedir la revocatoria de los actos que el deudor hubiese realizado en fraude del derecho de sus acreedores, por su parte el derecho que tiene el acreedor para pedir la nulidad de los actos o contratos donde el deudor debe verifique el fraude de los acreedores.

En la acción pauliana se hace referencia del supuesto que radica en que por una conducta positiva del deudor se desarrollan desplazamientos patrimoniales validos en los cuales disminuyen la capacidad para hacer frente a las deudas. En el fundamento jurídico de la acción pauliana es el derecho general de la garantía que posee el acreedor sobre el patrimonio del deudor, sean de los bienes presentes a como los del futuro, por lo cual el derecho que confiera velar por el patrimonio no se reduzca de sus intereses.

En general la acción pauliana posee ciertas características, entre ellas podemos mencionar que es una acción personal, tanto como rescisoria y subsidiaria. En las características personales decimos que no sigue los bienes, sino que encabeza contra el acto que disminuye el patrimonio, también es rescisoria ya que revoca el acto jurídico que debilita el patrimonio del deudor y es subsidiaria porque solo puede ejercitarse una vez agotadas, sin algún resultado positivo.

La acción pauliana cumple con ciertos requisitos en donde la doctrina afirma la existencia del perjuicio para dicha acción. Entre esos se dice que el acto ocasionada una disminución real del patrimonio del deudor, así como la existencia del perjuicio del acreedor y por último el conocimiento que tiene el deudor de su insolvencia. Ciertos autores fijan un llamado de intención de causarle perjuicio al acreedor para que la acción pauliana progrese, por otra parte algunos rechazan dicha posición y garantizan que el conocimiento que tiene el deudor es suficiente sobre el perjuicio que ocasiona al acreedor.

Con fin la acción pauliana es declarada únicamente en interés del acreedor que la estaría comandando, y como resultado no favorece a otros acreedores y de igual manera no la puede solicitar. El ejerció de la acción pauliana es una garantía con carácter legal que otorga el derecho que tiene el acreedor, y si dicho sujeto es condicional y tiene expectativa de derecho, siempre y cuando haya una manifestación por la cual la acción pauliana se pueda llevar a cabo.




Bibliografía:
Montero, F. (1999). Obligaciones. San José: Premiá Editores

1 comentario:

  1. Roy, está bastante completo su ensayo, no obstante omitió el ejemplo que se le solicita. La finalidad es poder valorar la efectiva comprensión de los conceptos y características de esta figura. Ian.

    ResponderEliminar